portabilidad numerica

Portabilidad numérica para celulares

Según un fallo de la Justicia, el Estado Argentino deberá reglamentar e implementar, dentro de los próximos 90 días, la portabilidad numérica para celulares. Con lo cual los usuarios podrán cambiar de compañía prestadora de servicios sin perder su número telefónico.

Ayer se conoció el fallo firmado el 30 de Junio por la Sala V de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, donde ratifica la sentencia de primera instancia que hizo lugar a una acción colectiva promovida por la Unión de Usuarios y Consumidores, y ordena a la Secretaría de Comunicaciones reglamentar la portabilidad.


Si bien el Estado tiene 10 días para apelar la decisión, la Unión de Usuarios no cree que lo vaya a hacer ya que consideran que el fallo «está fundado».

La Cámara basó su decisión en que «los usuarios son titulares del derecho a llevar su número» y «ese derecho no está supeditado a la discreción del Ejecutivo».

De que se trata la portabilidad numérica?

La portabilidad numérica se estableció en el Decreto 764/2000 para la desregulación de los servicios telefónicos. Pero nunca fue implementada ya que hubo que tratar temas más urgentes por la situación que se vivó a finales del 2001.

Hoy, después de 9 años parece que, finalmente, se retomó la intención de implementar ese Decreto, que en su artículo 4 define la portabilidad como:

«la capacidad que permite a los clientes mantener sus números cuando cambien de Prestador y/o de servicio y/o de ubicación geográfica en la que recibe el servicio…»

En principio, se trata de una muy buena noticia, porque al tener la posibilidad de mudarse de compañía sin perder nuestro número, las empresas deberían preocuparse un poco más por cuidar y atender correctamente a nosotros, sus clientes.

Además de promover un poco mas de competencia entre los prestadores que deberían preocuparse por la captación de usuarios descontentos de otras compañías ofreciendo incentivos o mejoras en los planes. A la larga reflejado en los precios o en la cantidad de servicios por el mismo precio.

Desde luego que  en teoría todo suena fantástico, Mayor competencia = Mayor beneficio para el usuario, pero en este país, nunca se sabe.


El problema son los tiempos

El punto que mayor preocupación causa esta mencionado en otro de los pasajes del decreto:

«La secretaría de comunicaciones determinará los plazos y condiciones en que los prestadores proporcionarán la portabilidad.»

El otro tema es saber que pasará con los teléfonos celulares. Que actualmente son ofrecidos a precios subvencionados, porque rige la obligación de mantenerse durante 12 meses sin cambiar de compañía.

Una vez cumplido ese tiempo, el celular se puede liberar y usar con cualquier otro proveedor. Pero, que pasara con los que no hayan cumplido ese periodo de gracia.

Por lo pronto, habrá que esperar 90 días y ver que sucede.

Al que le interese, puede leer el decreto completo en el sitio de la Secretaría de Medios de Comunicación.


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